La Educación y el Lenguaje

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EL FORO URUGUAYO, ENTRE ERUDICIÓN E INTELIGENCIA, SE INCLINA POR LA PRIMERA. Y EN EL PARLAMENTO, DURANTE LAS INTERPELACIONES, LA ENORME MAYORÍA DE LAS VECES LOS ORADORES HABLAN SOBRE TEMAS INDEPENDIENTES UNOS DE LOS OTROS.

Suele hablarse en nuestro medio de los defectos de la educación que recibe la mayoría de nuestros niños y jóvenes. Pese a lo difundido de esa conciencia, no parece reunir fuerza suficiente como para que se intente una reforma. Eso no debe sorprendernos, pues es sabido que las instituciones no se reforman a sí mismas. La impresión, fuera del círculo especializado, es que los juicios sobre educación sólo los educadores pueden emitirlo. Ante lo cual me parece harto conveniente llamar la atención de la sociedad entera sobre los defectos, no en la forma de enseñar, ya que al respecto los docentes podrían invocar sus ventajas para opinar, sino sobre los resultados que, en la gente que ya no es educando, en la vida activa va mostrando la calidad de lo que antes ha aprendido. Para contribuir a ese resultado, me propongo exhibir en este artículo algunos ejemplos de uso objetable del lenguaje en dos ámbitos en los cuales desempeña un papel de primera importancia para la comunidad: el foro y las cámaras legislativas.

Comienzo con referencia a un pleito, el abogado de cuyo demandante es amigo mío. El demandado da la impresión de temer que perderá el conflicto, vista su inclinación a darle largas al procedimiento, que ya está en su quinto año sin miras de pronta culminación. Últimamente sobreviene una tercería. Por si la memoria del lector al respecto está un tanto borrosa, diré que tercería es la intervención de una persona, distinta del actor y demandado. Cuando la tercería tiende a fortalecer la posición del demandante, se le aplica el adjetivo de “coadyuvante” (que viene a querer decir, aproximadamente, “ayudante del actor”). Bien; el tercerista se ha presentado, solicitando se le reconozca como tal, con la variante de coadyuvante. Y ha puesto de manifiesto los argumentos de hecho y de derecho en que se funda. De hecho, no ha expuesto, ni anunciado, ningún argumento que promueva el derecho del demandante. Estrictamente hablando, el supuesto tercerista no tenía ni la más ligera razón para intervenir en el litigio. ¿Qué debería haber hecho el juez en tales circunstancias? Sin duda, rechazar en duros términos su petición, imponerle el pago de costas y costos, y seguir rápidamente con el proceso, relegando el episodio de la tercería a un rápido olvido. De hecho, ¿qué hizo el magistrado? Pues, algo muy distinto: tomarse un tiempo, supuestamente para estudiar el caso, dentro de ello seleccionar una cita que, a su juicio, justificase el rechazo de la petición en cuestión, y finalmente redactar el fallo, con un tono neutro.

Naturalmente, en una sentencia que basa su concepción en citas de jurisprudencia, no hay nada que pueda sorprender. Yo diría que, en litigios que no son triviales, por la simplicidad del tema jurídico, o la insignificancia del interés material en juego, la vasta mayoría de las sentencias se hallan críticamente fundadas por citas de juristas reputados. Yo sólo usé un caso especial para introducir el tema. El hecho es que el foro uruguayo, entre erudición e inteligencia, se inclina por la primera. Por supuesto, no digo que las citas hayan de proscribirse. La inteligencia sabrá cuando una cita notable ha de recogerse, pero no veo que la erudición sepa cuando una famosa opinión es una guía peligrosa en busca del rigor jurídico.

En efecto: el predominio de la erudición sobre el esfuerzo intelectual es el origen de la imagen de las dos bibliotecas. Imagen sobre la cual se edifica el símbolo de la duda sobre la respuesta de la Ley, para quienes la interrogan con dos colecciones de tratados, que ante una sola pregunta, cada colección de libros apuntará hacia una respuesta diferente. Mal consejo, sobre todo si lo acompaña, como suele hacerlo, “hay dos iguales, elige el que te convenga”. No es así. Desde que los romanos hicieron de la lex un orden, la posibilidad de una doble respuesta quedó excluida

Pero, entonces, por supuesto, esa respuesta única, el letrado tiene que saber dar con ella, y probablemente nunca le han enseñado a encontrarla, pero sí existe para quien esté dispuesto a tomarse el trabajo imprescindible. Naturalmente, hay inclinaciones modernas que introducen entre los agentes, durantes siglos iguales, diferencias de carácter social. Entonces por cierto no habría orden jurídico ni sobreviviría la respuesta unívoca sobre el derecho, ni, probablemente, tampoco la civilización basada sobre la sabiduría griega y romana, y que, todavía, se las arregla para resistir.

Otro ejemplo de uso indebido del lenguaje, como ya se ha anunciado, ocurre en las cámaras legislativas, donde cualquiera de sus miembros puede resolver, si dispone de la votación requerida, someter a una especie de juicio a uno o más ministros, en el cual hablará primero el acusador, y después el ministro atacado, y luego voluntarios miembros de las cámaras, tanto favorables como desfavorables al legislador promotor de la “interpelación” como es conocida en el ámbito de la política, porque en la Constitución no se prevé ninguna denominación.

Evidentemente, al describir así la estructura de la interpelación, surge la idea de que todos los discursos que por ese concepto se generan son discursos relativos a un mismo tema. De hecho, la enorme mayoría de las veces, los oradores hablan sobre temas independientes unos de los otros. Dado el interés que despierta el episodio de una interpelación, primero porque los participantes ven en ella una ocasión para lucirse; y dadas sus dotes de orador, sin la cual no estarían sentados en una cámara legislativa, y gracias a la práctica que intensifica el brillo de su oratoria, el público y la prensa no dejan de dedicarle atención a los discursos. ¿Con qué fin? Si ese fin consintiese en mejorar el servicio de un ministerio, tanto porque el o los críticos hubiesen probado que su gestión era indeseable, o, inversamente, porque el ministro hubiese salido con vigor de las acusaciones que el interpelante le había dirigido, el episodio, en ambos casos, habría obrado en beneficio de la administración pública uruguaya. Si, en cambio, los discursos fueran un acontecer estrictamente teatral, el episodio no habría aportado ningún beneficio para el bien de la República.

La conclusión que se deriva de lo que este artículo nos muestra es que la habilidad con que la gente completa su educación es insuficiente en materia de escribir prosa sobre temas de importancia. Eso es natural, en tanto prácticas de esa naturaleza no forman parte del proceso de educación en el país. Lo digo por experiencia propia: en primaria, escuela pública; liceos y preparatorios públicos, Universidad de la República. Nunca tuve ejercicios de práctica de redacción. En Facultad de Derecho, concebiblemente podría haber tenido algún ejercicio en Práctica Forense: pero no sólo el programa no incluye tal cosa, sino que en la corrección de los trabajos presentados nunca se objetó la calidad de redacción. Es cierto que yo, en paralelo al régimen de enseñanza pública, estudiaba inglés en el Instituto Cultural Anglo Uruguayo, donde ciertamente me enseñaron a escribir prosa, v. gr. resumir textos. En inglés, claro, pero los principios son los mismos.

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